Subvenciones
GaliciaPlazo cerrado
TR342C-INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN EMPRESA ORDINARIA (2026)
- Fecha de apertura
- 17 feb 2026
- Fecha de cierre
- 30 sept 2026
- Modalidad
- Por orden de entrada
- Ámbito
- Galicia
Tipo de apoyo
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN realizadas entre 01/10/2025 y 30/09/2026 (ambos incluidos) con los colectivos específicos subvencionables. Las contrataciones tendrán lugar con anterioridad o en el mismo día de la solicitud de ayudas.
- CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL: Los contratos deberán ser de duración indefinida y a tiempo completo, para los siguientes colectivos:
- INCREMENTO DE JORNADA DE CONTRATACION INDEFINIDA TIEMPO PARCIAL A TIEMPO COMPLETO: Los incrementos de jornada, de las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial realizadas con cualquiera de los colectivos, serán subvencionables cuando alcancen el 100 % de la jornada ordinaria o de la establecida en el convenio colectivo de aplicación.
- INCREMENTO DE LA DURACIÓN ANUAL DE LOS CONTRATOS FIJO DISCONTINUOS A UN MÍNIMO DE 9 MESES A JORNADA COMPLETA. El incremento deberá ser por lo menos el 50% sobre la duración inicial del contrato que se incrementa Se exceptúan los contratos realizados con personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social que podrán ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
- ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de equipamientos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad contratada, o por eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad cuyo contrato se subvenciona al amparo de esta orden. La necesidad de la adaptación o de los medios especiales de protección personal deberá contar con una memoria de la empresa en la que se acredite la necesidad de la adaptación o dotación de equipamientos antes citada, así como los gastos realizados, conforme al modelo que consta en la sede electrónica de la Xunta.
- TRANSFORMACIÓN EN INDEFINIDOS DE CONTRATOS DE FORMACIÓN DEL PRIMER PROGRAMA EXPERIENCIA PROFESIONAL Transformación de los contratos de formación subvencionados en el marco del 1er programa Experiencia profesional (TR353C) en los 2 años anteriores.
Beneficiarios
Las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, que contraten trabajadores por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
También pueden ser entidades beneficiarias de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
En el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas, deberá hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
Las empresas que tengan 50 o + personas trabajadoras deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, por lo menos, al 2 % de trabajadores/as con discapacidad sobre el total de las personas trabajadoras o, en su defecto, las medidas de carácter excepcional establecidas en la legislación.
No podrán ser beneficiarias las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 de morosidad (para subvencion de importe superior a 30.000€)
Cuantía de la ayuda
CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL
Los contratos deberán ser de duración indefinida y a tiempo completo, para los siguientes colectivos:
6.000€ < 30 años (en el momento de la contratación)
6.000€ PLD = inscrito en SEPE 12 meses durante los 18 meses anteriores a su contratación
6.000€ >52 años
6.000€ Persona emigrante retornada o extranjera
10.000€ Mujeres víctimas de violencia de género
10.000€ Mujeres víctimas de trata de seres humanos
10.000€ Mujeres con hijos < 3 años y PLD/inactivas en los últimos 3 años.
10.000€ Mujeres en ocupaciones masculinizadas (consultar ocupaciones https://sede.xunta.gal/doc-invia/rest/anexos/211215260 )
10.000€ persona discapacidad min. 33% o riesgo exclusión social. **
10.000€ Persona que en los últimos 2 años terminara y superara formación AFD, obradoiro de empleo o terminara un PIE
10.000€ Persona desempleada que haya desarrollado un contrato de formación para el primer programa de experiencia profesional en los 2 años anteriores
** Si es contrato parcial la cuantía del incentivo será la parte proporcional jornada
+15% /cada colectivo específico:
A. Centro trabajo en Concello rural* Todos los ayuntamientos gallegos excepto: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo.
B. > 45 años (no aplicable en C).
C. Persona trans
D. Mujer (no aplicable a los colectivos indicados en las letras E,H)
+25% Beneficiario que haya superado los estudios vinculados a las Becas de Excelencia para Jóvenes en el Exterior (BEME) en los 2 años anteriores a la publicación de la presente orden.
Máximo subvención por persona: 17.000€
INCREMENTO DE JORNADA:
- 2.000€ /puesto
- 4.000€ /puesto
- 1.000€ /puesto
- 5.000€ /puesto
Plazo de solicitud
Desde 17/02/2026 (09:00h)
Hasta 30/09/2026 (20:00h)
En concurrencia no competitiva (Por orden de entrada de expediente completo)
Sujeto a Mínimis
