Subvenciones
GaliciaPlazo cerrado
PE201B AYUDAS DESTINADAS A PYMES DEL SECTOR TRANSFORMADOR PRODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA
- Fecha de apertura
- Sin fecha definida
- Fecha de cierre
- 23 feb 2026
- Modalidad
- Concurrencia competitiva (Por puntos)
- Ámbito
- Galicia
Tipo de apoyo
Las ayudas tendrán como finalidad realizar inversiones para pymes del sector transformador de los productos de la pesca y acuicultura en un centro productivo localizado en Galicia que:
- a) Fomenten la calidad y el valor añadido de los productos.
- b) Aumenten la eficiencia energética, reduzca el impacto en medio ambiente o mejore la movilidad sostenible de la distribución de productos de la pesca.
- c) Mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo.
- d) Favorezca la economía circular mediante: la prevención; la optimización de procesos; la minimización de los residuos (ecodiseño y ecoeficiencia); el aprovechamiento comercial de las capturas no deseadas y subproductos; el uso de descartes para el desarrollo de subproductos; la transformación de capturas de pescado comercial que no puedan destinarse al consumo humano; y la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
- e) Fomenten la transformación de productos de la acuicultura ecológica en virtud de los artículos 7 y 8 del Reglamento (CE) nº 2018/848.
- f) Fomenten la adaptación de los operadores a los requisitos de cumplimiento y certificación de acuerdo al Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo o el Reglamento (UE) nº 2018/848 en lo relativo a productos de acuicultura ecológica.
- g) Den lugar a nuevos y mejores productos y procesos, o a sistemas de gestión y organización perfeccionados en materia de transformación de los productos.
- Los gastos de los proyectos técnicos, que no podrán superar el límite del 12 % de la inversión máxima subvencionable.
- El gasto derivado de la certificación o de la elaboración del informe de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), en el caso de subvenciones de importe superior a 30.000,00 €, en las que no sea posible presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.
- Los costes que resulten de los proyectos y asesoramientos necesarios para acometer la inversión productiva objetos de financiación, (estudios de impacto ambiental, informes técnicos, jurídicos, etc.)
Beneficiarios
Personas físicas, jurídicas, pluralidad de personas físicas, agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica o comunidades de bienes que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser una PYME o entidad asociativa que cumpla la condición de PYME del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura, legalmente constituidas e inscritas en correspondiente registro
- No tener pendiente de pago ninguna obligación por reintegro de subvenciones.
- Deberán figurar de alta en la AEAT dentro de los epígrafes relacionados con la transformación de productos procedentes de la pesca, marisqueo o acuicultura.
- Estar en posesión de las preceptivas concesiones, autorizaciones, permisos o licencias para llevar a cabo las inversiones previstas o tener presentadas las solicitudes de las mismas.
- En el caso de que el solicitante cuente con una certificación de no inicio anticipada, las inversiones no podrán estar finalizadas ni completamente pagadas antes de que se acredite, una vez presentada la solicitud, la no finalización de las mismas por parte de los servicios de la Consellería del Mar.
- Poseer suficiente capacidad administrativa, financiera y operativa.
- Antes de que se dicte la propuesta de resolución de concesión, deben estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, acreditar y cumplir los plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
- Licencia municipal de actividad o comunicación previa de inicio de actividad y funcionamiento de la instalación (o solicitud de la misma)
- Licencia municipal de obra o comunicación previa para realizar la inversión (o solicitud de la misma)
- Concesión, autorización o permiso del órgano competente (Puertos de Galicia o Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), o solicitud.
Cuantía de la ayuda
Máximo 50 % de la inversión máxima subvencionable
Hasta 100% siempre y cuando se acredite:
i. Ser de interés colectivo.
ii. Tener un beneficiario colectivo.
iii. Tener características innovadoras o garantizar el acceso del público a sus resultados.
PRESUPUESTO:
2026: 5.000.000,00 €
2027: 9.000.000,00 €
TOTAL: 14M €
Plazo de solicitud
Desde 22/01/2026 hasta 23/02/2025
(En concurrencia competitiva -POR PUNTOS)
Mínimo 4 ptos.
