Subvenciones
GaliciaPlazo cerrado
MR701L – LEADER (2026)
- Fecha de apertura
- 03 feb 2026
- Fecha de cierre
- 06 abr 2026
- Modalidad
- Concurrencia competitiva (Por puntos)
- Ámbito
- Galicia
Tipo de apoyo
Para actuaciones subvencionables localizadas en el ámbito territorial elegible de aplicación de la estrategia de desarrollo local del GDR correspondiente. (Consultar en: Baremos GDR | AGADER )
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES según naturaleza del proyecto:
A Proyectos productivos (con finalidad lucrativa):
- Inversiones en el sector de la producción agraria primaria
- Inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios.
- Inversiones en transformación y comercialización de productos forestales. (15%-40% máx. 200.000)
- Inversiones que supongan la creación, modernización o ampliación de todo tipo de empresas que desarrollen actividades no agrarias.
- Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles.
- Adquisición de terrenos (límite del 10 % del total de los gastos subvencionables)
- Adquisición de maquinaria y equipos nuevos. (También podrán ser subvencionables los gastos en arrendamientos financieros con opción de compra de adquisición de activos subvencionables)
- Inversiones intangibles (adquisición y el desarrollo de programas informáticos, así como la creación de páginas web, estudios, publicaciones e inversiones necesarias para la digitalización del proceso productivo o la gestión de la actividad económica)
- Costes generales vinculados a los gastos de inversión, (honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y ambiental, incluidos los estudios de viabilidad. no podrán superar el 12 % del coste total subvencionable de las operaciones de inversión a los que estén vinculado).
- Los gastos notariales y registrales, gastos de expedición de permisos y licencias, adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas registradas.La suma de los gastos señalados en este apartado junto con la suma de los gastos en costes generales señalados en el apartado anterior no podrá superar el 20 % del conjunto de los gastos subvencionables del proyecto.
- Medios y equipos de transporte
Beneficiarios
Personas Beneficiarias: (teniendo en cuenta las particularidades que se establecen incluidas en el capítulo II)
- Las personas físicas o jurídicas de carácter privado
- Las entidades públicas de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y entidades dependientes de las anteriores.
- Las comunidades de montes vecinales en mano común y sus mancomunidades.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de ninguna naturaleza con la Comunidad Autónoma de Galicia.
- No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en los párrafos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (LSG) y en particular, no haber sido condenado mediante sentencia firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.
- Cumplir los requisitos de PEQUEÑA EMPRESA (anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014) = Emplear a menos de 50 personas y Tener un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los 10 millones de €. Este requisito se exceptúa para las entidades públicas locales, así como para los beneficiarios de las ayudas a proyectos no productivos regulados en el artículo 16 de las bases reguladoras
- Cumplir los demás requisitos que, en función de la tipología de proyectos, se especifican en el capítulo II de las bases reguladoras
Cuantía de la ayuda
LEADER:
PROY. PRODUCTIVOS 15% - 50%***
(Máx. 200.000 €)
PROY. NO PRODUCTIVOS 30% - 90%
(Máx. 200.000 €)
BONO ACTIVA RURAL
Hasta 18.000 € a pagar en 2 anualidades
ANTICIPO: hasta 50 % del importe de la subvención total concedida.
Presupuesto : 28.750.000€
- 2026: 2.875.000€
- 2027: 11.500.000 €
- 2028: 14.375.000 €
Plazo de solicitud
Desde 03/02/2026 hasta 06/04/2026
En concurrencia competitiva
(por puntos)
Sujeta a Minimis
