Subvenciones
OtrosPlazo abierto
INCENTIVOS ECONÓMICOS REGIONALES
- Fecha de apertura
- Sin fecha definida
- Fecha de cierre
- 31 dic 2027
- Modalidad
- Por orden de entrada
- Ámbito
- Otros
Tipo de apoyo
Creación de nuevos establecimientos, ampliación y modernización, siempre que respondan a una composición equilibrada entre los diferentes conceptos de inversión de acuerdo con la actividad y la inversión sea superior al mínimo de 900.000 €.
- PROYECTOS DE CREACIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS inversiones que den origen a la iniciación de una actividad empresarial y además crean nuevos puestos de trabajo.
- PROYECTOS DE AMPLIACIÓN DE LAS INVERSIONES inversiones que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida o la iniciación de otras. En el caso de desarrollar una actividad ya establecida, relacionada o no con la desarrollada por la titular, el proyecto deberá implicar un aumento significativo de la capacidad productiva. Deberán generar nuevos puestos de trabajo y el mantenimiento de los existentes y superar determinado porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento.
- PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN inversiones que cumplan las siguientes condiciones:
- Que la inversión constituya una parte importante del inmovilizado material del establecimiento que se moderniza y que implique la adquisición de maquinaria tecnológicamente avanzada que produzca un incremento sensible de la productividad, y además que supere determinada porcentaje sobre la dotación para amortizaciones del establecimiento que se moderniza.
- Que la inversión dé lugar a la diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercado de productos nuevos y adicionales o que suponga una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente
- Que se mantengan todos los puestos de trabajo existentes.
- Obra Civil. (sólo naves en propiedad de la empresa solicitante)
- Bienes de Equipo, excluidos los elementos de transporte exterior,
- En el caso de pequeñas y medianas empresas, hasta el 50% de los costes derivados de los estudios previos del proyecto, entre los que pueden incluirse: trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los proyectos.
- Activos inmateriales, siempre y cuando no excedan del 30% del total de la inversión incentivable, se utilicen exclusivamente en el centro donde se realice el proyecto, sean inventariables, amortizables y se adquieran en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
- Otros conceptos, excepcionalmente. Se apreciará la excepcionalidad en aquellos proyectos de carácter singular por la naturaleza de la inversión.
Beneficiarios
Persoas físicas o jurídicas, españolas o que, aun no siéndolo, tengan la condición de residentes.
- Industrias transformadoras y servicios de apoyo a la producción que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, incluyan tecnología avanzada, presten especial atención a mejoras medioambientales y supongan una mejora significativa en la calidad o innovación de proceso o producto y, en especial, los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de servicios en los subsectores de las tecnologías de la información y las comunicaciones y los que mejoren significativamente las estructuras comerciales.
- Establecimientos turísticos e instalaciones complementarias de ocio que, respetando los criterios sectoriales establecidos por los organismos competentes, posean carácter innovador especialmente en lo relativo a las mejoras medioambientales y que mejoren significativamente el potencial endógeno de la zona.
Cuantía de la ayuda
- Pequeñas = hasta 35%
- Medianas = hasta 25%
- Grandes= hasta 15%
Plazo de solicitud
El plazo de vigencia finalizará el día de derogación expresa máximo 31/12/2027
