IG300L - AYUDAS AUTOMOCIÓN - LÍNEA 3 PROYECTOS DE PYME DE TRANSFORMACION Y MODERNIZACION PRODUCTIVA
- Fecha de apertura
- 29 jul 2026
- Fecha de cierre
- 30 sept 2026
- Modalidad
- Por orden de entrada
- Ámbito
- Galicia
Tipo de apoyo
Ayudas para apoyar a la industria de la automoción gallega dentro del Plan de Apoyo a la Descarbonización y Transición al Vehículo Eléctrico del Sector de la Automoción de Galicia.
El importe mínimo de coste subvencionable total deberá alcanzar los 100.000 €.
Proyectos subvencionables:
Proyectos que tengan como finalidad la transformación y/o la modernización productiva de las pymes de cara a la transición al ecosistema de movilidad descarbonizada y conectada o reconvirtiendo su producción hacia los nuevos componentes de movilidad verde y conectada.
Los proyectos podrán incluir tanto inversiones en activos fijos productivos como consultoría.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Podrán ser subvencionables las inversiones de las pymes en:
Maquinaria y bienes de equipo, hardware, software e instalaciones necesarias para su implantación
Los costes de consultoría técnica necesarios para el desarrollo o implantación de los proyectos.
Los servicios de consultoría no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normal de la empresa, como los servicios rutinarios de asesoría fiscal, servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
PLAZO EJECUCIÓN:
Anualidad 2026: desde la solicitud hasta 30/11/2026
Anualidad 2027: desde 01/12/2026 hasta 30/09/2027
Anualidad 2028: desde 01/10/2027 hasta 30/09/2028
Anualidad 2029: desde 01/10/2028 hasta 30/06/2029
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: 1 mes desde fin de ejecución del proyecto fijada en la resolución de concesión.
EFECTO INCENTIVADOR: Se considera que el proyecto ya ha sido iniciado cuando exista un primer compromiso en firme para la ejecución de las obras o para la adquisición de alguno de los elementos integrantes del proyecto. Se considera que existe compromiso en firme en el caso de la existencia de un contrato u oferta firmado entre las partes, o de la existencia de un pedido.
Una vez presentadas, las solicitudes no podrán modificarse.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas industriales del sector de automoción gallegas o con un centro de trabajo en Galicia. Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad se desarrolle en el CNAE 29 y 30 en cualquiera de sus subapartados y también aquellas empresas que, no estando dadas de alta en actividades esos CNAE estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia (CEAGA).
No podrán tener la condición de personas beneficiarias: Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o incumplan las obligaciones de la presente ayuda. / Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común./ Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 €,/Las empresas que en el momento de la resolución de la ayuda no se encuentren al corriente de deudas con las distintas administraciones./ Empresas en crisis
Cuantía de la ayuda
| ME | PE |
Inversión | 25 % | 35 % |
Consultoría | 50 % | 50 % |
Subv. máx. por proyecto = 10M€
ANTICIPO: del 80% de la subvención
Presupuesto total:15.000.000 €
2026: 100.000 €
2027: 11.900.000 €
2028: 1.500.000 €
2029:1.500.000 €
Plazo de solicitud
Desde 29/07/2026 (9.00h)
Hasta 30/09/2026 (14:00h)
En concurrencia no competitiva
(Por orden de entrada)
